⚠ Notificación de la AGC · Actuá antes de que llegue la multa

Ley 257
Fachadas y Balcones
en CABA

Si te llegó una notificación de la Agencia Gubernamental de Control (AGC) y no sabés qué hacer, estás en el lugar correcto. Te explico todo y gestiono el trámite completo.

Consultar sin cargo

· Información ·

¿Qué es la Ley 257?

La Ley 257 de la Ciudad de Buenos Aires obliga a los propietarios de inmuebles a mantener sus fachadas y balcones en condiciones seguras. No es opcional y tiene plazos concretos.

¿A quién aplica?

A todos los propietarios de inmuebles en CABA que tengan más de 10 años de antigüedad. Abarca fachadas exteriores, balcones, marquesinas, cornisas y cualquier elemento saliente que pueda representar riesgo para la vía pública.

¿Cada cuánto tiempo?

La certificación debe renovarse cada 10 años. La primera obligación nació con la sanción de la ley. Muchos propietarios reciben la notificación de la AGC porque el período ya venció o está por vencer.

¿Qué dice exactamente la ley?

La Ley 257 (BOCBA Nº 867, año 2000) establece que los propietarios deben contratar a un profesional habilitado para inspeccionar el estado de la fachada, emitir un informe técnico y, si hay deterioro, ejecutar las reparaciones necesarias. El trámite se cierra con la presentación del certificado ante el GCBA.

⚠ ¿Qué pasa si no cumplís?

  • Multas del GCBA que aumentan con el tiempo
  • Intimaciones reiterativas de la AGC
  • En caso de accidente por desprendimiento, responsabilidad civil del propietario
  • Imposibilidad de regularizar trámites de escrituración o hipoteca
  • En casos graves, clausura parcial del edificio

✓ ¿Qué pasa cuando cumplís?

  • Cierre del expediente en la AGC
  • Certificado de aptitud de fachada por 10 años
  • Tranquilidad legal para propietarios y consorcio
  • Inmueble en regla para vender, escriturar o hipotecar

· Organismo ·

¿Qué es la AGC?

La Agencia Gubernamental de Control (AGC) es el organismo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que fiscaliza el cumplimiento de la Ley 257, entre otras normativas. Si te llegó una carta o cédula de la AGC, es una notificación oficial que tiene plazos legales.

¿Qué dice la notificación?

La AGC te intima a regularizar el estado de la fachada de tu inmueble en un plazo determinado. Generalmente indica:

  • El número de expediente
  • La dirección del inmueble
  • El plazo para presentar la documentación
  • Las consecuencias de no cumplir

No la ignores. Los plazos corren desde la fecha de notificación.

¿Qué tengo que presentar?

Para cerrar el expediente ante la AGC necesitás:

  • Informe técnico firmado por profesional matriculado
  • Planos de la fachada
  • Documentación fotográfica del estado actual
  • Certificado de obra (si hubo trabajos de consolidación)
  • Aviso de obra ante la DGROC (cuando corresponde)

Yo gestiono toda esta documentación. Vos solo tenés que darme acceso al inmueble.

· Cómo trabajo ·

El proceso completo

Desde que me contactás hasta que tenés el certificado aprobado.

1

Consulta sin cargo

Me contactás con los datos del inmueble y la notificación. Te explico qué aplica en tu caso y qué pasos vienen. Sin costo y sin compromiso.

2

Inspección técnica del inmueble

Visito el inmueble y realizo el relevamiento visual de la fachada, balcones, cornisas y elementos salientes. Tomo registro fotográfico completo y evalúo el nivel de riesgo según la normativa.

3

Informe técnico y diagnóstico

Elaboro el informe técnico con la clasificación del estado (Bueno, Regular, Deficiente o Malo) y el detalle de los trabajos necesarios, si los hubiera. El informe va firmado con mi matrícula CPIC.

4

Trabajos de consolidación (si corresponde)

Si la fachada tiene deterioro, coordino los trabajos de reparación necesarios: revoques, sellado de fisuras, consolidación de balcones. Todo con personal idóneo y presupuesto cerrado.

5

Aviso de obra en DGROC

Cuando la obra requiere aviso de obra, gestiono el trámite ante la Dirección General de Registro de Obras y Catastro del GCBA.

6

Certificación y cierre del expediente AGC

Presento toda la documentación ante la AGC, gestiono el seguimiento del expediente y te entrego el certificado de aptitud de fachada aprobado. El expediente queda cerrado por 10 años.

· Alcance profesional ·

¿Qué propiedades puedo certificar?

Como Maestro Mayor de Obras (MMO), mi habilitación profesional tiene un alcance específico establecido por el CPIC y el Código de Edificación de CABA.

✓ Puedo certificar

  • Viviendas unifamiliares (casas, PH)
  • Departamentos en edificios
  • Locales comerciales en planta baja
  • Edificios de hasta 3 pisos de altura
  • Construcciones de uso residencial de baja complejidad estructural

✗ Requiere ingeniero o arquitecto

  • Edificios de más de 3 pisos
  • Torres con estructura de hormigón armado compleja
  • Inmuebles de valor patrimonial protegido
  • Obras de gran porte con cálculo estructural especial

¿No sabés si tu propiedad entra en mi alcance?

Consultame gratis. Con la dirección del inmueble te digo en el momento si puedo certificarlo yo o si necesitás derivarlo a un arquitecto o ingeniero. En caso de que no pueda hacerlo yo, te recomiendo un colega de confianza.

¿Te llegó la notificación
de la AGC?

No esperes a que venzan los plazos. Consultame hoy, es gratis y sin compromiso. Te explico exactamente qué necesitás hacer.

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